Condiciones Generales De Transporte

Última actualización: agosto de 2026

PREÁMBULO

Los vuelos comercializados bajo la marca Fly2Galicia son comercializados por AVIATION & MOBILITY SERVICES GROUP, S.L., NIF B26630483, con domicilio social en Plaza de la Quintana 3, 15704 Santiago de Compostela, España.

Fly2Galicia podrá contratar a transportistas aéreos debidamente autorizados para efectuar los vuelos.

La identidad del transportista aéreo efectivo será comunicada al pasajero conforme a la normativa aplicable.

Cuando el vuelo sea operado por FLYYO S.R.L., el transporte aéreo será realizado por FLYYO como transportista efectivo y estará sujeto a las Condiciones Generales de Transporte de FLYYO que resulten aplicables al vuelo, así como al acuerdo de charter/wet lease correspondiente y a la legislación aplicable.

En caso de discrepancia entre las presentes condiciones comerciales y las normas operativas o de seguridad del transportista efectivo, prevalecerán las disposiciones imperativas aplicables al transporte y las instrucciones del transportista efectivo dentro de sus competencias.

  1. DEFINICIONES

Transportista efectivo: compañía aérea que realiza materialmente el vuelo.

Fly2Galicia: marca comercial utilizada por Aviation & Mobility Services Group, S.L. para comercializar los servicios correspondientes.

Pasajero: cualquier persona, distinta de los miembros de la tripulación, transportada o que vaya a ser transportada en virtud de una reserva confirmada.

Equipaje: bienes personales que acompañan al pasajero durante el viaje, incluyendo equipaje facturado y no facturado.

Equipaje de mano: equipaje que permanece bajo custodia del pasajero durante el viaje, sujeto a las restricciones aplicables.

Equipaje facturado: equipaje entregado al transportista para su transporte en la bodega de la aeronave.

Documentos de viaje: pasaporte, documento nacional de identidad, visado, permisos, certificados y cualquier otra documentación necesaria para realizar el viaje.

Convenio: cualquier convenio internacional aplicable al transporte, incluido el Convenio de Montreal de 1999.

  1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Estas condiciones serán aplicables a los vuelos comercializados bajo la marca Fly2Galicia en la medida correspondiente.

Cuando el transporte sea realizado en virtud de un acuerdo charter o wet lease, las condiciones generales del transportista efectivo serán aplicables conforme a dicho acuerdo.

En caso de contradicción con una disposición legal imperativa, prevalecerá la legislación aplicable.

  1. FACTURACIÓN Y EMBARQUE

El pasajero deberá completar la facturación dentro de los plazos comunicados para su vuelo.

Con carácter general, Fly2Galicia permite facturación online desde 7 días hasta 4 horas antes de la salida.

La facturación presencial en aeropuerto cerrará normalmente 40 minutos antes de la salida programada.

El pasajero deberá presentarse en la puerta de embarque dentro del plazo indicado.

El transportista efectivo podrá denegar el embarque a pasajeros que lleguen después de los plazos establecidos.

  1. DENEGACIÓN O LIMITACIÓN DEL TRANSPORTE

El transportista efectivo podrá denegar el transporte del pasajero o de su equipaje cuando resulte razonablemente necesario, entre otros motivos:

  • para cumplir legislación o requerimientos de autoridades;
  • por razones de seguridad operacional o protección;
  • cuando el pasajero pueda poner en peligro la aeronave, tripulación u otros pasajeros;
  • cuando el pasajero se encuentre bajo los efectos de alcohol o drogas en circunstancias que puedan generar un riesgo;
  • por conducta agresiva, amenazante o gravemente perturbadora;
  • por negativa a someterse a controles de seguridad;
  • por incumplimiento de instrucciones de seguridad;
  • por carecer de documentación válida;
  • cuando el equipaje sea peligroso, inadecuado o exceda las limitaciones aplicables.

Las decisiones relativas a seguridad y aceptación a bordo corresponden al transportista aéreo efectivo y al comandante de la aeronave dentro de sus competencias legales.

  1. ASISTENCIA ESPECIAL

Los pasajeros que necesiten asistencia deberán comunicarlo con la antelación indicada durante la reserva y conforme a la normativa aplicable.

La aceptación y transporte de determinados equipos médicos, dispositivos de movilidad u otros elementos especiales podrá estar sujeto a requisitos operativos y de seguridad.

Las personas con discapacidad o movilidad reducida gozarán de los derechos establecidos por la legislación aplicable.

  1. EQUIPAJE

La franquicia aplicable será la indicada en la reserva y dependerá de la tarifa contratada.

Cuando esté incluido, el equipaje de cabina podrá comprender una pieza de hasta 8 kg y 55 × 40 × 20 cm y un objeto personal de hasta 40 × 30 × 20 cm.

La disponibilidad de espacio en cabina no puede garantizarse en todas las tarifas y situaciones. Cuando sea necesario por razones de capacidad o seguridad, determinados bultos podrán ser transportados en bodega.

El equipaje facturado incluido será, con carácter general:

Economy Premium: 1 × 20 kg.
Business Premium: 2 × 20 kg.

Podrán aplicarse cargos por exceso de peso, dimensiones o número de piezas.

Objetos no admitidos

No podrán transportarse artículos prohibidos por la legislación o por las normas de seguridad aérea, incluyendo aquellos que puedan poner en peligro la aeronave, personas o bienes.

El pasajero deberá cumplir las normas aplicables de seguridad, mercancías peligrosas y transporte de baterías y dispositivos electrónicos.

  1. INSPECCIÓN DEL EQUIPAJE

Por razones de seguridad, el equipaje podrá ser sometido a controles por el transportista, aeropuerto o autoridades competentes.

El pasajero deberá colaborar con dichos controles.

  1. ANIMALES

La aceptación de animales estará sujeta a disponibilidad, autorización previa y a las condiciones establecidas para cada vuelo.

El pasajero será responsable de disponer de certificados veterinarios, vacunaciones, permisos y demás documentación exigida.

Los perros de asistencia reconocidos serán transportados conforme a la normativa aplicable.

  1. HORARIOS Y CAMBIOS

Fly2Galicia y el transportista efectivo realizarán esfuerzos razonables para operar el transporte conforme al horario publicado.

Por razones operativas o circunstancias necesarias podrá modificarse el horario, sustituirse la aeronave o, cuando resulte necesario y legalmente posible, el transportista efectivo.

Los pasajeros afectados por modificaciones significativas serán informados utilizando los datos disponibles en la reserva.

  1. CANCELACIONES, RETRASOS Y DENEGACIÓN DE EMBARQUE

Cuando resulte aplicable el Reglamento (CE) 261/2004, los pasajeros podrán tener derecho a asistencia, reembolso, transporte alternativo y/o compensación según las circunstancias.

Los derechos dependerán de factores como la duración del retraso, distancia del vuelo, momento de comunicación de una cancelación y existencia de circunstancias extraordinarias.

Nada de estas condiciones limitará los derechos imperativos establecidos por dicho Reglamento.

En operaciones realizadas mediante charter/wet lease, las responsabilidades prácticas entre Fly2Galicia y el transportista efectivo podrán distribuirse conforme al acuerdo operacional correspondiente, sin perjuicio de los derechos que la legislación atribuya directamente al pasajero.

  1. CONDUCTA A BORDO

El pasajero deberá cumplir en todo momento las instrucciones de la tripulación.

No se permitirá ninguna conducta que:

  • ponga en peligro la aeronave o sus ocupantes;
  • interfiera con las funciones de la tripulación;
  • amenace, intimide o acose a otras personas;
  • cause daños;
  • incumpla las normas sobre tabaco o dispositivos electrónicos;
  • implique consumo indebido de alcohol u otras sustancias.

El comandante podrá adoptar las medidas razonablemente necesarias para mantener la seguridad y el orden.

  1. DOCUMENTACIÓN Y FORMALIDADES

Es responsabilidad del pasajero disponer de toda la documentación necesaria para entrar, salir o transitar por los países correspondientes.

Fly2Galicia y el transportista efectivo no serán responsables de las consecuencias derivadas de documentación incorrecta o insuficiente cuando dicha responsabilidad no venga impuesta por la legislación aplicable.

El pasajero deberá someterse a los controles de seguridad, inmigración, aduanas y demás controles oficiales correspondientes.

  1. RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA

La responsabilidad derivada directamente del transporte aéreo corresponderá al transportista efectivo conforme al Convenio de Montreal de 1999, la normativa europea aplicable y demás legislación que corresponda.

Cuando el vuelo sea operado por FLYYO, serán aplicables las disposiciones sobre responsabilidad establecidas en sus Condiciones Generales de Transporte en la medida en que sean compatibles con la legislación imperativa aplicable.

Las limitaciones de responsabilidad no serán aplicables cuando la legislación imperativa establezca lo contrario.

  1. EQUIPAJE PERDIDO, RETRASADO O DAÑADO

Las incidencias relacionadas con equipaje deberán comunicarse inmediatamente en el aeropuerto al servicio correspondiente del transportista o agente de handling.

El pasajero deberá conservar el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR) y cualquier documentación relevante.

Las reclamaciones por daños o retrasos deberán realizarse dentro de los plazos establecidos por el Convenio de Montreal y demás legislación aplicable.

  1. SERVICIOS ADICIONALES

Determinados servicios adicionales podrán ser prestados directamente por Fly2Galicia o por proveedores externos.

Cuando un tercero preste el servicio, sus propias condiciones podrán resultar aplicables.

  1. RECLAMACIONES

Las reclamaciones comerciales relacionadas con reservas efectuadas a través de Fly2Galicia podrán dirigirse a:

Fly2Galicia
Aviation & Mobility Services Group, S.L.
Plaza de la Quintana 3
15704 Santiago de Compostela
A Coruña, España

info@fly2galicia.com

Las reclamaciones relacionadas directamente con hechos cuya responsabilidad corresponda legalmente al transportista efectivo podrán ser remitidas o deberán presentarse ante dicho transportista conforme a la normativa aplicable.

  1. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN

Las relaciones comerciales entre Fly2Galicia y el cliente se regirán por la legislación española, sin perjuicio de las disposiciones imperativas aplicables al consumidor.

La responsabilidad del transportista aéreo efectivo y la competencia judicial correspondiente al transporte se determinarán conforme al Convenio de Montreal, el Derecho de la Unión Europea y demás normativa aplicable.